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Tal y como ya le hemos informado, desde Enero 2020 el reglamento de la UE establece que todos los EU-COIs tienen que ser emitidos ANTES de que los productos salgan del tercer país de exportación o de origen. (EU-COI = todos los COIs para la importación de productos orgánicos a la UE, el EEE (Espacio Económico Europeo), Suiza o Irlanda del Norte.)
Ya que el Reino Unido ha mantenido los reglamtentos de la UE, esta norma aplica también para todos los GB-COIs (= todos los COIs para importaciones de productos orgánicos a Gran Bretaña).
Esta norma también es parte de los reglamtentos nuevos de la UE, ver EU Reglamento Delegado 2021/2306, Artículo 4: |